Le Rouge
05-04-05, 10:16 AM
Se persigue la plena y total libertad de opinión. El presente reglamento se utiliza al simple efecto de hacer transparentes las reglas existentes y las mismas se aplicarán con el mayor de los cuidados por parte de los administradores.
1. Vigencia
1.1. Este reglamento tiene vigencia desde el momento en que puede ser leído por toda la comunidad. Leer o escribir dentro de La Trinchera, implica aceptar este reglamento en su totalidad y sin reservas.
1.2. Las reformas al presente reglamento serán publicada exclusivamente en este tema.
1.3. Las reformas pueden tener vigencia diferida, instantánea o con efecto retroactivo, según se exprese en cada reforma.
2. Ámbito territorial
2.1. El presente reglamento solo aplica para las conductas cometidas en ESTE foro.
3. Foristas
3.1. Se permite toda clase de foristas y todos, incluyendo moderadores y administradores, tienen obligación de respetar este reglamento sin excepción.
4. Pornografía
4.1. El lenguaje y/o imágenes obscenas están prohibidos y serán editados o borrados en cualquier lugar de La Trinchera a excepción del subforo La Marranera, donde por su naturaleza se permitirán textos vulgares que sean además ofensivos, pero no eróticos. Todo texto de tipo erótico está prohibido sin que le aplique excepción alguna.
4.2. Se presume obscena toda imágen que incluya organos sexuales humanos fotografiados, pintados, sugeridos o representados de cualquier forma y/o que además su original se encuentre en al menos dos de los siguientes supuestos:
4.2.1. No se encuentra disponible al público sino bajo restricciones de edad.
4.2.2. Se usa o usó en un contexto erótico y/o vulgar.
4.2.3. Tiene un origen incierto.
4.3. En caso de duda la imágen debe ser removida y quien la haya usado obtendrá como máximo una advertencia.
4.4. Se excluyen de la restricción las imágenes y/o videos relativos a:
4.4.1. Conflictos armados
4.4.2. Los que tengan carácter científico y/o histórico.
4.4.3. Las obras de arte originales que sean exhibidas legal y públicamente sin restricciones de edad.
4.5. Al hacer uso de una excepción para usar una imágen, debe dejarse en claro bajo cual excepción se está usando la imágen y el texto que acompañe dicha imágen debe ser coherente con la excepción que se usó. El acompañar una imágen excepcionada por texto vulgar, obsceno u ofensivo, elimina la excepción de la imágen.
4.6. Es responsabilidad de quien usa la imágen el proporcionar la información que pruebe que la imágen efectivamente puede ser usada como excepción, asímismo, proporcionar los datos de origen que elimine a la imágen de las presunciones del párrafo 4.3. de éste reglamento.
4.7. No se permite vincular a páginas donde la exhibición de imágenes y/o texto obscenos sean su objeto principal.
5. Nicknames y avatar
5.1. Toda persona que tenga mas de un nick y sea descubierta, será evidenciada públicamente y sus nicknames adicionales serán bloqueados. Para efecto de poder evitar éstas prácticas, estará prohibido el uso de proxy's. Los usuarios que utilicen proxy's serán bloqueados hasta que dejen de hacerlo.
5.1.1. Se considerarán como indicios de multinick las siguientes circunstancias:
5.1.1.1. Existe una cuenta que se está usando para agredir.
5.1.1.2. La cuenta desde la que se agrede, lleva continuidad, coherencia y similitud en los diálogos respecto otra cuenta. La continuidad quedará establecida por al menos dos moderadores.
5.1.1.3. Existen IP's idénticas.
5.1.2. En caso de que se cumplan las tres circunstancias, se procederá al bloqueo permanente de todos los nicknames involucrados.
5.1.3. En caso de que se cumplan dos de las tres circunstancias y que el nickname secundario tenga menos de 500 mensajes, entonces se procederá a bloquear unicamente al nickname secundario.
5.1.4. No puede considerarse nickname secundario a nadie que tenga más de 500 mensajes si no hay coincidencia de IP.
5.2. Se prohibe todo nickname o avatar hecho en analogía al que otro forista tiene o ha tenido sin su consentimiento.
5.3. Los nicknames y avatars obscenos, tampoco podrán escribir en ningún lugar.
5.4. Los nicknames que hagan referencia al nombre de una persona conocida públicamente deberán justificar su identidad o podrán ser editados, borrados, infraccionados o bloqueados.
6. SPAM
6.1. Se considera SPAM la repetición de textos irrelevantes ya sean comerciales o no. Estos textos serán borrados.
7. Rompeforos
7.1. Se considera "rompeforos" toda acción encaminada a obstruir la lectura de los mensajes de un tema o del foro completo. Se considera especificamente como rompeforos las siguientes acciones:
7.1.1. Desviar el tema principal entre varios foristas de manera que quien quiere participar es obstaculizado por mensajes irrelevantes.
7.1.2. Subir en forma sistemática, entre uno o varios foristas, temas que no están en la página primera del subforo.
7.2. No deben considerarse rompeforos:
7.2.1. Los insultos considerados no graves y las burlas.
7.2.2. Las opiniones opuestas.
7.2.3. Esta regla 7.2. y sus agregados, sólo tienen validez mientras el tema o foro no se vea obstruído, siendo la prioridad mantener los el foro y sus temas coherentes.
7.3. Siempre se tomará en cuenta los antecedentes del infractor al calificar la medida a tomar en su contra.
7.4. También se considera rompeforo el abrir temas de temática incoherente al subforo donde se crean.
8. Vinculación a la vida real
8.1. Los temas o mensajes en los que se revele o insinúe información personal de OTROS foristas sin su permiso están prohibidos sin importar si es información facilmente accesible o pública.
8.2. Las amenazas a la integridad de otros foristas o de sus familias o bienes en la vida real están prohibidas.
9. Sobre la forma y fondo de los temas y mensajes
9.1. En el foro debe guardarse coherencia que se seguirá de la siguiente forma: los títulos de los temas deben ser coherentes con los temas que titulan y la coherencia debe ser directa, a su vez, los temas deben de ser legibles y llevar una coherencia mínima que permita entenderlos y comentarlos. Los mensajes escritos dentro de los temas deben llevar también coherencia y una secuencia lógica.
9.2. Queda prohibido que los títulos de los temas estén escritos en mayúsculas, y también el uso de mayúsculas o negritas o tamaño anormal en forma generalizada dentro de los mensajes. Se excepcionan los títulos de los temas creados por la administración en tal carácter.
9.3. Aunque los moderadores puedan permitir algún nivel de agresividad natural fuera de La Marranera, no se tolerará especialmente lo siguiente:
9.3.1. Ofensas, hipótesis o referencias de cualquier tipo sobre familiares
9.3.2. Insultos de tipo sexual
11. Sobre La Marranera
11.1. Este subforo es para los temas personalizados o para insultar, hablar de insultos, atacar al foro mismo o a otros foros, hablar de foristas y para otros temas que no sean de interés general. Las participaciones aisladas que se hagan con insultos en otros temas de otros foros, no pueden ser movidas aqui, asi que pueden ser borradas o editadas.
12. Sobre las sanciones
12.1. La forma de sancionar a quienes no respeten el presente reglamento es aplicando infracciones.
12.2. Las infracciones tienen duración de 30 días, ésto quiere decir que no solo tienen un carácter informativo, sino que causan efectos durante ese tiempo.
12.3. La caducidad de las infracciones es acumulable, lo cual quiere decir que los tiempos de caducidad de las infracciones se suman.
12.4. Las infracciones tienen diferentes efectos al acumularse, la forma en que se manejarán las acumulaciones y las sanciones que implican es la siguiente:
Infracción #1: Suspensión de algunos derechos como la firma.
Infracción #2: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 3 días.
Infracción #3: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 10 días.
Infracción #4: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 30 días.
Infracción #5: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 90 días.
Infracción #6: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 365 días.
Infracción #7: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 730 días.
12.5. Los moderadores pueden usar advertencias en vez de infracciones cuando lo crean conveniente, las advertencias tienen un valor exclusivamente informativo.
12.6. Los foristas con ciento cincuenta mensajes o menos, pueden ser bloqueados y sus mensajes borrados sin necesidad de justificación y/o por la mera sospecha de ser clones y/o crear spam.
13. Sobre los moderadores
13.1. Tienen obligación de justificar sus acciones al ser cuestionados y deben mantener como confidencial todo contacto privado que tenga con los foristas asi como todo conocimiento que por sus privilegios puede saber o inferir.
13.2. Cuando decidan aplicar una infracción, los moderadores deben aplicar la correspondiente a la regla infringida.
13.3. Los moderadores son entes independientes y no tienen obligación de homogeneizar sus criterios, solo tienen obligación de usar su criterio igual para todos los foristas y circunstancias iguales.
14. Sobre la prescripción de la facultad de aplicar sanciones y sobre el revocación de las mismas
14.1. La facultad de aplicar sanciones por violaciones al reglamento solo dura cuatro días a partir del momento en que se cometió ó consumó la violación. Esta prescripción aplica exclusivamente para la aplicación de infracciones.
14.2. Las ofensas que prevé la regla 9.3.1. pueden ser revocadas por el administrador a petición del ofendido. No se revocarán infracciones en los siguientes casos:
14.2.1. Cuando hayan transcurrido más de 24 horas tomados en cuenta desde la hora del registro del mensaje ofensivo hasta la hora en que se pide la revocación.
14.2.2. Cuando se trate de peticiones adelantadas, ya que cada petición debe ser posterior a la infracción que pide revocar.
14.2.3. Cuando en el mensaje se haya ofendido a más de un forista.
14.2.4. Cuando el forista ofensor tenga otras infracciones vigentes aunque sean revocables y aunque se haya iniciado proceso de revocación por alguna de ellas. La infracción a revocar debe ser la única vigente al momento de su petición.
14.2.5. Cuando el ofensor presione al ofendido para que pida la revocación.
14.3. La decisión de no revocar una infracción, no puede ser motivo del procedimiento de Queja.
15. Sobre los Ombudsman
15.1. Los Ombudsman son los representantes oficiales de los foristas que no son moderadores, su fín último es mejorar y/o mantener la sana convivencia en el foro y bajo esa premisa deben ordenar todas sus acciones.
15.1.BIS. El número máximo de Ombudsman que habrá en el foro, será determinado por el Consejo Judicial, quien podrá aumentar y reducir su número libremente, aunque al reducir deba esperar a que se cumplan los plazos mínimos de seis meses de cada Ombudsman al ser electo.
15.2. Para ser elegible para ser Ombudsman se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
15.2.1. Tener una antigüedad de al menos el 50% de la vida del foro hasta el día en que se convoque a los foristas interesados, para cuyo efecto se considerará el día de inicio el 5 de abril de 2005.
15.2.2. Haber participado con al menos el 0.005% de los mensajes totales del foro.
15.2.3. No hayan sido bloqueados en los últimos 365 días.
15.2.4. No hayan sido infraccionados en los últimos 180 días.
15.3. La duración del cargo de Ombudsman es de mínimo seis meses, luego de los cuales cualquier forista puede convocar a nuevas elecciones.
15.4. Para revocar el mandato de un Ombudsman, se requiere que el ganador de las elecciones convocadas obtenga más votos que los que obtuvo el Ombudsman en su respectiva elección. Si no los obtiene, se entenderá ratificado el Ombudsman vigente por otros seis meses y así sucesivamente.
15.5. Antes de una elección, debe haber una convocatoria donde se invite a los foristas que cumplan con los requisitos a aceptar contender para ser Ombudsman. La convocatoria deberá durar cinco días y luego de eso podrá iniciarse el proceso de elecciones.
15.6. Las elecciones deben estar publicadas en el Foro Libre, ser de votación pública y estar abiertas un mínimo de tres días y un máximo de seis, sin que cuenten los sábados ni domingos. Al publicarse debe aclararse cuantos mensajes representan el 0.005% de los mensajes totales del foro y a partir de que fecha exactamente se cumple con la antigüedad de 50% de la vida del foro.
15.7. Pueden votar al Ombudsman los foristas que cumplan con los siguientes requisitos durante la vigencia de la votación:
15.7.1. Tener una antigüedad de al menos un año.
15.7.2. Tener al menos 1,200 mensajes..
15.7.3. No haber sido bloqueados en los últimos 180 días.
15.7.4. No haber sido infraccionados en los últimos 90 días.
15.8. Son facultades especiales del Ombudsman:
15.8.1. Escoger a uno de los miembros del Consejo Judicial
15.8.2. Iniciar el proceso de Queja contra cualquier infracción aplicada
15.9. La administración es responsable de eliminar votos inválidos, de hacer el conteo oficial y hacer la declaración oficial de victoria para el candidato ganador.
16. Sobre la Queja
16.1. Todo forista infraccionado tiene derecho a presentar su caso ante el Ombudsman para revisión, el Ombudsman revisará su caso y si considerara que la infracción fue puesta en contra del Reglamento, presentará la Queja al Consejo Judicial. La queja debe ir acompañada de una recomendación que solo puede ser:
16.1.1. Revocación de la infracción
16.1.2. Revocación de la infracción y advertencia para el moderador
16.1.3. Revocación de la infracción e infracción para el moderador
16.1.4. En caso de que el Ombudsman no haga recomendación, se entenderá que solo pide la revocación de la infracción.
16.2. La Queja debe contener el vínculo al mensaje infraccionado, la razón de la infracción que dio el moderador, y una explicación de por qué la infracción no era aplicable al caso.
16.2. El Consejo Judicial revisará el caso y procederá a dictar una sentencia que en caso de ser a favor de la revocación, no podrá exceder de la recomendación hecha por el Ombudsman.
16.3. Si el Consejo Judicial decidiera que el caso presentado por el Ombudsman es claramente improcedente, podrá ordenar una infracción al Ombudsman.
16.4. La Oficina del Ombudsman es el subforo exclusivo para comunicarse con el Ombudsman, y dentro de él se halla el Archivero de Infracciones, ahí debe hallar el afectado su infracción y hacer su queja directamente en el tema de su infracción, de manera que haya certeza sobre cuál infracción esta protestando y los organos competentes tengan a la mano la información cierta y relevante al respecto. En ese mismo tema debe el moderador agregar anotaciones que se tomen en cuenta, si así lo cree necesario.
17. Sobre el Consejo Judicial
17.1. El Consejo Judicial de La Trinchera tiene como finalidad juzgar las quejas interpuestas por el Ombudsman, contener acciones indebidas por parte de la moderación y mejorar la experiencia por medio de mejoras al reglamento.
17.2. El Consejo Judicial se compone de tres miembros, el primero es elegido por el Ombudsman, el segundo por el cuerpo de moderadores, y el tercero será elegido por los primeros dos en común acuerdo.
17.3. La permanencia de los miembros del Consejo dependerá de diversas circunstancias:
17.3.1. El miembro del Consejo elegido por el Ombudsman permanecerá en su cargo hasta que un nuevo Ombudsman lo remueva de su cargo eligiendo a alguien más. Los Ombudsman no pueden revocar sus decisiones.
17.3.2. El miembro del Consejo elegido por la moderación permanecerá en su cargo hasta que no sea elegido otro.
17.3.3. El miembro del Consejo elegido entre las dos parte permanecerá seis meses luego de ser elegido, y después de eso cualquiera de los dos miembros restantes podrá reiniciar el proceso interno de elección.
17.4. Las decisiones del Consejo Judicial deben estar fundamentadas y motivadas, sus sentencias deben contar con al menos dos votos de sus miembros en el mismo sentido. Deberá decidirse primero en cuestión del fondo, y luego en cuestión de la sanción. Una vez llegado al momento de juzgar para la sanción, no será posible revocar la decisión de fondo. Y en caso de que no haya acuerdo para imponer la sanción, se procederá sin ella.
17.5. Las sentencias con decisión unánime sientan precedente obligatorio para casos iguales.
17.6. El Consejo Judicial puede mejorar el reglamento bajo las siguientes reglas:
17.6.1. No puede modificar el capítulo 17 de este Reglamento ni ninguna de sus reglas internas.
17.6.2. Para modificar cualquier otra parte del reglamento, se requiere que haya UNANIMIDAD de sus TRES miembros.
17.7. El Consejo Judicial puede revocar nombramientos de moderadores y/o suspender temporalmente de sus funciones por el tiempo que consideren conveniente a cualquier moderador. Para ello sólo se requiere UNANIMIDAD de sus TRES miembros, sin ningún otro requisito como explicar o justificar su decisión.
17.8. El Consejo Judicial no puede intervenir en la administración del foro, entendiendo esta como todas las funciones relacionadas con el software o hardware del foro, su apariencia, su configuración general, dominio, revista en línea y otras funciones no relacionadas con las conductas de sus participantes.
17.9. El Consejo Judicial establecerá el número de Ombudsmans que sea necesario para el buen funcionamiento del foro, pudiendo variar su número libremente por mayoría de votos, pero debiendo respetar siempre el término mínimo de seis meses de funcionamiento para cada uno.
Regla de Oro
Todos los participante tienen la obligación de tener presente que el foro NO ES LA VIDA REAL.
=======================================
Saludos a todos.
PD. Muchas gracias a todos los que contribuyeron.
PD2. El presente reglamento puede ser comentado aqui (http://latrinchera.org/foros/showthread.php?t=20153)
1. Vigencia
1.1. Este reglamento tiene vigencia desde el momento en que puede ser leído por toda la comunidad. Leer o escribir dentro de La Trinchera, implica aceptar este reglamento en su totalidad y sin reservas.
1.2. Las reformas al presente reglamento serán publicada exclusivamente en este tema.
1.3. Las reformas pueden tener vigencia diferida, instantánea o con efecto retroactivo, según se exprese en cada reforma.
2. Ámbito territorial
2.1. El presente reglamento solo aplica para las conductas cometidas en ESTE foro.
3. Foristas
3.1. Se permite toda clase de foristas y todos, incluyendo moderadores y administradores, tienen obligación de respetar este reglamento sin excepción.
4. Pornografía
4.1. El lenguaje y/o imágenes obscenas están prohibidos y serán editados o borrados en cualquier lugar de La Trinchera a excepción del subforo La Marranera, donde por su naturaleza se permitirán textos vulgares que sean además ofensivos, pero no eróticos. Todo texto de tipo erótico está prohibido sin que le aplique excepción alguna.
4.2. Se presume obscena toda imágen que incluya organos sexuales humanos fotografiados, pintados, sugeridos o representados de cualquier forma y/o que además su original se encuentre en al menos dos de los siguientes supuestos:
4.2.1. No se encuentra disponible al público sino bajo restricciones de edad.
4.2.2. Se usa o usó en un contexto erótico y/o vulgar.
4.2.3. Tiene un origen incierto.
4.3. En caso de duda la imágen debe ser removida y quien la haya usado obtendrá como máximo una advertencia.
4.4. Se excluyen de la restricción las imágenes y/o videos relativos a:
4.4.1. Conflictos armados
4.4.2. Los que tengan carácter científico y/o histórico.
4.4.3. Las obras de arte originales que sean exhibidas legal y públicamente sin restricciones de edad.
4.5. Al hacer uso de una excepción para usar una imágen, debe dejarse en claro bajo cual excepción se está usando la imágen y el texto que acompañe dicha imágen debe ser coherente con la excepción que se usó. El acompañar una imágen excepcionada por texto vulgar, obsceno u ofensivo, elimina la excepción de la imágen.
4.6. Es responsabilidad de quien usa la imágen el proporcionar la información que pruebe que la imágen efectivamente puede ser usada como excepción, asímismo, proporcionar los datos de origen que elimine a la imágen de las presunciones del párrafo 4.3. de éste reglamento.
4.7. No se permite vincular a páginas donde la exhibición de imágenes y/o texto obscenos sean su objeto principal.
5. Nicknames y avatar
5.1. Toda persona que tenga mas de un nick y sea descubierta, será evidenciada públicamente y sus nicknames adicionales serán bloqueados. Para efecto de poder evitar éstas prácticas, estará prohibido el uso de proxy's. Los usuarios que utilicen proxy's serán bloqueados hasta que dejen de hacerlo.
5.1.1. Se considerarán como indicios de multinick las siguientes circunstancias:
5.1.1.1. Existe una cuenta que se está usando para agredir.
5.1.1.2. La cuenta desde la que se agrede, lleva continuidad, coherencia y similitud en los diálogos respecto otra cuenta. La continuidad quedará establecida por al menos dos moderadores.
5.1.1.3. Existen IP's idénticas.
5.1.2. En caso de que se cumplan las tres circunstancias, se procederá al bloqueo permanente de todos los nicknames involucrados.
5.1.3. En caso de que se cumplan dos de las tres circunstancias y que el nickname secundario tenga menos de 500 mensajes, entonces se procederá a bloquear unicamente al nickname secundario.
5.1.4. No puede considerarse nickname secundario a nadie que tenga más de 500 mensajes si no hay coincidencia de IP.
5.2. Se prohibe todo nickname o avatar hecho en analogía al que otro forista tiene o ha tenido sin su consentimiento.
5.3. Los nicknames y avatars obscenos, tampoco podrán escribir en ningún lugar.
5.4. Los nicknames que hagan referencia al nombre de una persona conocida públicamente deberán justificar su identidad o podrán ser editados, borrados, infraccionados o bloqueados.
6. SPAM
6.1. Se considera SPAM la repetición de textos irrelevantes ya sean comerciales o no. Estos textos serán borrados.
7. Rompeforos
7.1. Se considera "rompeforos" toda acción encaminada a obstruir la lectura de los mensajes de un tema o del foro completo. Se considera especificamente como rompeforos las siguientes acciones:
7.1.1. Desviar el tema principal entre varios foristas de manera que quien quiere participar es obstaculizado por mensajes irrelevantes.
7.1.2. Subir en forma sistemática, entre uno o varios foristas, temas que no están en la página primera del subforo.
7.2. No deben considerarse rompeforos:
7.2.1. Los insultos considerados no graves y las burlas.
7.2.2. Las opiniones opuestas.
7.2.3. Esta regla 7.2. y sus agregados, sólo tienen validez mientras el tema o foro no se vea obstruído, siendo la prioridad mantener los el foro y sus temas coherentes.
7.3. Siempre se tomará en cuenta los antecedentes del infractor al calificar la medida a tomar en su contra.
7.4. También se considera rompeforo el abrir temas de temática incoherente al subforo donde se crean.
8. Vinculación a la vida real
8.1. Los temas o mensajes en los que se revele o insinúe información personal de OTROS foristas sin su permiso están prohibidos sin importar si es información facilmente accesible o pública.
8.2. Las amenazas a la integridad de otros foristas o de sus familias o bienes en la vida real están prohibidas.
9. Sobre la forma y fondo de los temas y mensajes
9.1. En el foro debe guardarse coherencia que se seguirá de la siguiente forma: los títulos de los temas deben ser coherentes con los temas que titulan y la coherencia debe ser directa, a su vez, los temas deben de ser legibles y llevar una coherencia mínima que permita entenderlos y comentarlos. Los mensajes escritos dentro de los temas deben llevar también coherencia y una secuencia lógica.
9.2. Queda prohibido que los títulos de los temas estén escritos en mayúsculas, y también el uso de mayúsculas o negritas o tamaño anormal en forma generalizada dentro de los mensajes. Se excepcionan los títulos de los temas creados por la administración en tal carácter.
9.3. Aunque los moderadores puedan permitir algún nivel de agresividad natural fuera de La Marranera, no se tolerará especialmente lo siguiente:
9.3.1. Ofensas, hipótesis o referencias de cualquier tipo sobre familiares
9.3.2. Insultos de tipo sexual
11. Sobre La Marranera
11.1. Este subforo es para los temas personalizados o para insultar, hablar de insultos, atacar al foro mismo o a otros foros, hablar de foristas y para otros temas que no sean de interés general. Las participaciones aisladas que se hagan con insultos en otros temas de otros foros, no pueden ser movidas aqui, asi que pueden ser borradas o editadas.
12. Sobre las sanciones
12.1. La forma de sancionar a quienes no respeten el presente reglamento es aplicando infracciones.
12.2. Las infracciones tienen duración de 30 días, ésto quiere decir que no solo tienen un carácter informativo, sino que causan efectos durante ese tiempo.
12.3. La caducidad de las infracciones es acumulable, lo cual quiere decir que los tiempos de caducidad de las infracciones se suman.
12.4. Las infracciones tienen diferentes efectos al acumularse, la forma en que se manejarán las acumulaciones y las sanciones que implican es la siguiente:
Infracción #1: Suspensión de algunos derechos como la firma.
Infracción #2: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 3 días.
Infracción #3: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 10 días.
Infracción #4: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 30 días.
Infracción #5: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 90 días.
Infracción #6: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 365 días.
Infracción #7: Bloqueo de todos los subforos excepto de La Marranera por 730 días.
12.5. Los moderadores pueden usar advertencias en vez de infracciones cuando lo crean conveniente, las advertencias tienen un valor exclusivamente informativo.
12.6. Los foristas con ciento cincuenta mensajes o menos, pueden ser bloqueados y sus mensajes borrados sin necesidad de justificación y/o por la mera sospecha de ser clones y/o crear spam.
13. Sobre los moderadores
13.1. Tienen obligación de justificar sus acciones al ser cuestionados y deben mantener como confidencial todo contacto privado que tenga con los foristas asi como todo conocimiento que por sus privilegios puede saber o inferir.
13.2. Cuando decidan aplicar una infracción, los moderadores deben aplicar la correspondiente a la regla infringida.
13.3. Los moderadores son entes independientes y no tienen obligación de homogeneizar sus criterios, solo tienen obligación de usar su criterio igual para todos los foristas y circunstancias iguales.
14. Sobre la prescripción de la facultad de aplicar sanciones y sobre el revocación de las mismas
14.1. La facultad de aplicar sanciones por violaciones al reglamento solo dura cuatro días a partir del momento en que se cometió ó consumó la violación. Esta prescripción aplica exclusivamente para la aplicación de infracciones.
14.2. Las ofensas que prevé la regla 9.3.1. pueden ser revocadas por el administrador a petición del ofendido. No se revocarán infracciones en los siguientes casos:
14.2.1. Cuando hayan transcurrido más de 24 horas tomados en cuenta desde la hora del registro del mensaje ofensivo hasta la hora en que se pide la revocación.
14.2.2. Cuando se trate de peticiones adelantadas, ya que cada petición debe ser posterior a la infracción que pide revocar.
14.2.3. Cuando en el mensaje se haya ofendido a más de un forista.
14.2.4. Cuando el forista ofensor tenga otras infracciones vigentes aunque sean revocables y aunque se haya iniciado proceso de revocación por alguna de ellas. La infracción a revocar debe ser la única vigente al momento de su petición.
14.2.5. Cuando el ofensor presione al ofendido para que pida la revocación.
14.3. La decisión de no revocar una infracción, no puede ser motivo del procedimiento de Queja.
15. Sobre los Ombudsman
15.1. Los Ombudsman son los representantes oficiales de los foristas que no son moderadores, su fín último es mejorar y/o mantener la sana convivencia en el foro y bajo esa premisa deben ordenar todas sus acciones.
15.1.BIS. El número máximo de Ombudsman que habrá en el foro, será determinado por el Consejo Judicial, quien podrá aumentar y reducir su número libremente, aunque al reducir deba esperar a que se cumplan los plazos mínimos de seis meses de cada Ombudsman al ser electo.
15.2. Para ser elegible para ser Ombudsman se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
15.2.1. Tener una antigüedad de al menos el 50% de la vida del foro hasta el día en que se convoque a los foristas interesados, para cuyo efecto se considerará el día de inicio el 5 de abril de 2005.
15.2.2. Haber participado con al menos el 0.005% de los mensajes totales del foro.
15.2.3. No hayan sido bloqueados en los últimos 365 días.
15.2.4. No hayan sido infraccionados en los últimos 180 días.
15.3. La duración del cargo de Ombudsman es de mínimo seis meses, luego de los cuales cualquier forista puede convocar a nuevas elecciones.
15.4. Para revocar el mandato de un Ombudsman, se requiere que el ganador de las elecciones convocadas obtenga más votos que los que obtuvo el Ombudsman en su respectiva elección. Si no los obtiene, se entenderá ratificado el Ombudsman vigente por otros seis meses y así sucesivamente.
15.5. Antes de una elección, debe haber una convocatoria donde se invite a los foristas que cumplan con los requisitos a aceptar contender para ser Ombudsman. La convocatoria deberá durar cinco días y luego de eso podrá iniciarse el proceso de elecciones.
15.6. Las elecciones deben estar publicadas en el Foro Libre, ser de votación pública y estar abiertas un mínimo de tres días y un máximo de seis, sin que cuenten los sábados ni domingos. Al publicarse debe aclararse cuantos mensajes representan el 0.005% de los mensajes totales del foro y a partir de que fecha exactamente se cumple con la antigüedad de 50% de la vida del foro.
15.7. Pueden votar al Ombudsman los foristas que cumplan con los siguientes requisitos durante la vigencia de la votación:
15.7.1. Tener una antigüedad de al menos un año.
15.7.2. Tener al menos 1,200 mensajes..
15.7.3. No haber sido bloqueados en los últimos 180 días.
15.7.4. No haber sido infraccionados en los últimos 90 días.
15.8. Son facultades especiales del Ombudsman:
15.8.1. Escoger a uno de los miembros del Consejo Judicial
15.8.2. Iniciar el proceso de Queja contra cualquier infracción aplicada
15.9. La administración es responsable de eliminar votos inválidos, de hacer el conteo oficial y hacer la declaración oficial de victoria para el candidato ganador.
16. Sobre la Queja
16.1. Todo forista infraccionado tiene derecho a presentar su caso ante el Ombudsman para revisión, el Ombudsman revisará su caso y si considerara que la infracción fue puesta en contra del Reglamento, presentará la Queja al Consejo Judicial. La queja debe ir acompañada de una recomendación que solo puede ser:
16.1.1. Revocación de la infracción
16.1.2. Revocación de la infracción y advertencia para el moderador
16.1.3. Revocación de la infracción e infracción para el moderador
16.1.4. En caso de que el Ombudsman no haga recomendación, se entenderá que solo pide la revocación de la infracción.
16.2. La Queja debe contener el vínculo al mensaje infraccionado, la razón de la infracción que dio el moderador, y una explicación de por qué la infracción no era aplicable al caso.
16.2. El Consejo Judicial revisará el caso y procederá a dictar una sentencia que en caso de ser a favor de la revocación, no podrá exceder de la recomendación hecha por el Ombudsman.
16.3. Si el Consejo Judicial decidiera que el caso presentado por el Ombudsman es claramente improcedente, podrá ordenar una infracción al Ombudsman.
16.4. La Oficina del Ombudsman es el subforo exclusivo para comunicarse con el Ombudsman, y dentro de él se halla el Archivero de Infracciones, ahí debe hallar el afectado su infracción y hacer su queja directamente en el tema de su infracción, de manera que haya certeza sobre cuál infracción esta protestando y los organos competentes tengan a la mano la información cierta y relevante al respecto. En ese mismo tema debe el moderador agregar anotaciones que se tomen en cuenta, si así lo cree necesario.
17. Sobre el Consejo Judicial
17.1. El Consejo Judicial de La Trinchera tiene como finalidad juzgar las quejas interpuestas por el Ombudsman, contener acciones indebidas por parte de la moderación y mejorar la experiencia por medio de mejoras al reglamento.
17.2. El Consejo Judicial se compone de tres miembros, el primero es elegido por el Ombudsman, el segundo por el cuerpo de moderadores, y el tercero será elegido por los primeros dos en común acuerdo.
17.3. La permanencia de los miembros del Consejo dependerá de diversas circunstancias:
17.3.1. El miembro del Consejo elegido por el Ombudsman permanecerá en su cargo hasta que un nuevo Ombudsman lo remueva de su cargo eligiendo a alguien más. Los Ombudsman no pueden revocar sus decisiones.
17.3.2. El miembro del Consejo elegido por la moderación permanecerá en su cargo hasta que no sea elegido otro.
17.3.3. El miembro del Consejo elegido entre las dos parte permanecerá seis meses luego de ser elegido, y después de eso cualquiera de los dos miembros restantes podrá reiniciar el proceso interno de elección.
17.4. Las decisiones del Consejo Judicial deben estar fundamentadas y motivadas, sus sentencias deben contar con al menos dos votos de sus miembros en el mismo sentido. Deberá decidirse primero en cuestión del fondo, y luego en cuestión de la sanción. Una vez llegado al momento de juzgar para la sanción, no será posible revocar la decisión de fondo. Y en caso de que no haya acuerdo para imponer la sanción, se procederá sin ella.
17.5. Las sentencias con decisión unánime sientan precedente obligatorio para casos iguales.
17.6. El Consejo Judicial puede mejorar el reglamento bajo las siguientes reglas:
17.6.1. No puede modificar el capítulo 17 de este Reglamento ni ninguna de sus reglas internas.
17.6.2. Para modificar cualquier otra parte del reglamento, se requiere que haya UNANIMIDAD de sus TRES miembros.
17.7. El Consejo Judicial puede revocar nombramientos de moderadores y/o suspender temporalmente de sus funciones por el tiempo que consideren conveniente a cualquier moderador. Para ello sólo se requiere UNANIMIDAD de sus TRES miembros, sin ningún otro requisito como explicar o justificar su decisión.
17.8. El Consejo Judicial no puede intervenir en la administración del foro, entendiendo esta como todas las funciones relacionadas con el software o hardware del foro, su apariencia, su configuración general, dominio, revista en línea y otras funciones no relacionadas con las conductas de sus participantes.
17.9. El Consejo Judicial establecerá el número de Ombudsmans que sea necesario para el buen funcionamiento del foro, pudiendo variar su número libremente por mayoría de votos, pero debiendo respetar siempre el término mínimo de seis meses de funcionamiento para cada uno.
Regla de Oro
Todos los participante tienen la obligación de tener presente que el foro NO ES LA VIDA REAL.
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Saludos a todos.
PD. Muchas gracias a todos los que contribuyeron.
PD2. El presente reglamento puede ser comentado aqui (http://latrinchera.org/foros/showthread.php?t=20153)